Seguridad social
Elegibilidad
Para recibir los beneficios mensuales, el trabajador fallecido debe tener créditos por trabajo cubierto por el Seguro Social que van desde un año y medio hasta diez años, según su edad al momento de su muerte. Entre quienes tienen derecho a recibir los beneficios mensuales se encuentran:
- Una viuda o un viudo de 60 años o más (50 si es discapacitado) o de cualquier edad si cuida a un niño con derecho que sea menor de 16 años o discapacitado
- Una viuda o viudo divorciado de 60 años o más (50 si es discapacitado) si el matrimonio duró 10 años o si cuida a un niño con derecho que es menor de 16 años o discapacitado
- Hijos solteros de hasta 18 años (19 si asisten a una escuela primaria o secundaria a tiempo completo)
- Los niños que fueron discapacitados antes de cumplir los 22 años siempre que sigan siendo discapacitados
- Padre o padres dependientes de 62 años o más
Pago único por muerte
Además de los beneficios mensuales en efectivo descritos anteriormente, se realiza un pago único de $255. El pago único por fallecimiento (LSDP) se paga en el siguiente orden de prioridad:
- Un cónyuge sobreviviente que vivía en el mismo hogar que la persona fallecida en el momento de la muerte
- Un cónyuge sobreviviente que es elegible o tiene derecho a recibir beneficios durante el mes del fallecimiento
- Un niño o niños elegibles o con derecho a recibir beneficios durante el mes del fallecimiento
Solicitud de beneficios
Para recibir los beneficios, debe presentar una solicitud en cualquier oficina del Seguro Social, por teléfono al 1-800-772-1213 o en línea en www.ssa.gov.